Presentación
Las medidas de mercado buscan estabilizar los mercados agrícolas, evitar que se agraven las crisis, estimular la demanda y ayudar a los sectores agrícolas de la UE a adaptarse mejor a los cambios del mercado. Se contemplan en el Reglamento sobre la organización común de mercados, que establece el marco en el que se mueve la agricultura de la UE dentro del mercado único. Las medidas de intervención en el mercado se financian a través del Fondo Europeo Agrícola de Garantía.
Intervención pública
Se habla de intervención pública cuando los gobiernos u organismos de los países de la UE compran y almacenan productos para volver a venderlos en el mercado en una fecha posterior. Se trata de evitar que los precios bajen hasta niveles insostenibles.
Hoy por hoy, es posible la intervención pública en una serie de sectores propensos a fluctuaciones de precios. Para luchar contra esa inestabilidad, la UE ha introducido un mecanismo que mitiga las consecuencias para los agricultores de unos precios anormalmente bajos. Los sectores en los que puede haber intervención pública son:
Hay normas estrictas sobre la calidad de los productos que pueden almacenarse.
La intervención pública puede efectuarse, bien mediante un mecanismo de precios fijos, bien mediante licitaciones. En el primero, la UE fija el precio al que se compra una determinada cantidad de un tipo de producto, estableciendo así un límite mínimo que evite que el precio de mercado caiga por debajo de niveles sostenibles. En cambio, en el mecanismo de licitación, son los agricultores quienes proponen un precio. Una vez presentadas las ofertas, la UE fija un precio máximo por debajo del cual se compran las cantidades al precio que ofrecen los agricultores. Más tarde, cuando hayan mejorado las condiciones del mercado, estas cantidades se venderán mediante licitación.
Almacenamiento de productos en el sector privado
En época de bajos precios en el mercado, la UE también puede ayudar a los agricultores del sector privado a pagar los costes de almacenamiento de sus productos durante cierto tiempo, lo que limita el impacto del exceso de oferta a corto plazo. En la actualidad, pueden concederse ayudas al almacenamiento privado en los sectores siguientes:
- azúcar blanco
- aceite de oliva
- carne de vacuno
- mantequilla, queso y leche desnatada en polvo
- carne de porcino
- carne de ovino y caprino
- fibra de lino.
Medidas excepcionales
Se aplican medidas excepcionales en caso de crisis o riesgo de crisis y como respuesta específica para evitar una repentina caída de precios o mitigar sus consecuencias. Esto permite a la Comisión Europea actuar en caso de:
- períodos de graves desequilibrios en los mercados;
- pérdida de confianza de los consumidores debido a riesgos para la salud pública, animal o vegetal;
- problemas específicos.
Base jurídica
Las medidas excepcionales en los mercados agrícolas se rigen por el Reglamento (UE) n.º 1308/2013.
Transparencia y seguimiento del mercado
Objetivos de la transparencia y el seguimiento del mercado:
- proporcionar información accesible a todos los participantes en la cadena alimentaria, especialmente a aquellos con recursos limitados, como los agricultores y los investigadores; esto les permite tomar decisiones comerciales con conocimiento de causa, garantizando así el correcto funcionamiento de los mercados agrícolas;
- supervisar la evolución de los mercados agrícolas e identificar en el momento oportuno las posibles amenazas de perturbación para permitir a la Comisión adoptar sin demora, cuando sean necesarias, las medidas de mercado de la UE adecuadas.
Para garantizar que los mercados agrícolas funcionen correctamente y supervisar su evolución, la Comisión recaba información de los países miembros y las partes interesadas. Estos datos, que complementan las medidas de mercado de la UE y con los que se busca una mayor transparencia en el mercado, se compilan y se divulgan a través de los observatorios del mercado y el portal de datos agroalimentarios.
Base jurídica
La legislación siguiente regula la aplicación de las medidas de mercado para apoyar el sector agrícola:
- Artículos 11 a 16 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, sobre el recurso a la intervención pública en los mercados agrícolas.
- Artículos 17 a 21 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, sobre la ayuda al almacenamiento privado de los productos agrícolas en los mercados agrícolas.
- Artículos 219 a 222 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, sobre el recurso a medidas excepcionales en los mercados agrícolas.
- Artículos 222 bis a 223 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, sobre transparencia y el seguimiento del mercado.