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Agriculture and rural development

Fiabilidad y auditoría

La Comisión Europea controla la fiabilidad del gasto subvencionado por los fondos de la política agrícola común a través de un sistema global de gestión y de control.

Garantizar el pago correcto de los fondos de la PAC

La ayuda financiera de la PAC procede de dos fondos principales: el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). La Comisión Europea garantiza la existencia de un sistema que ofrezca garantías razonables de que esos fondos se gastan adecuadamente y que permita detectar y recuperar todos los pagos irregulares.

Declaración de fiabilidad

Todos los gastos de la UE en el marco de la (PAC) están sujetos a una declaración de fiabilidad del director general de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea en la que se señala que:

  • los fondos de la PAC se han utilizado para los objetivos previstos;
  • los gastos han respetado los principios de buena gestión financiera;
  • los procedimientos de control vigentes ofrecen las garantías necesarias sobre la legalidad y la regularidad de todas las transacciones.

La declaración se publica cada año en el informe anual de actividades del servicio, junto con un desglose completo de las actividades de gasto en el ámbito de la PAC.

Sistema global de gestión y control

Al emitir una declaración de fiabilidad, el director general confirma la existencia de un sistema global de gestión y control para el gasto de la PAC. El sistema se compone de cuatro niveles:

  • buena gestión financiera y controles internos en los países de la UE
  • controles pormenorizados efectuados antes de los pagos o sobre el cumplimiento de los requisitos básicos de la Unión
  • auditorías y revisiones llevadas a cabo por organismos de certificación independientes
  • auditorías y liquidaciones de cuentas por parte de la Comisión Europea.

Criterio de auditoría única

El sistema de gestión y de control para los fondos de la PAC funciona de acuerdo según un criterio de auditoría única, donde cada nivel se basa en la fiabilidad aportada por los demás niveles. Este criterio permite a la Comisión auditar la labor de los organismos pagadores y de los organismos de certificación de forma dinámica y rentable, por lo que garantiza:

  • la detección eficaz de las fuentes de los errores
  • el correcto funcionamiento de los sistemas de gobernanza
  • la aplicación de medidas correctoras o planes de acción.

En su conjunto, esos cuatro niveles y los resultados que producen permiten a la Comisión obtener garantías razonables de que el dinero de los contribuyentes se gasta correctamente, tal como se establece en la legislación de la UE.

Buena gestión y control interno

Con arreglo a la gestión compartida, los países de la UE son responsables de la aplicación y el control de los distintos regímenes previstos en la legislación de la PAC, mientras que la Comisión garantiza su correcto funcionamiento.

Los países de la UE realizan pagos a los agricultores y a los demás beneficiarios a través de organismos pagadores nacionales o regionales. La garantía de la buena gestión de los fondos de la PAC se obtiene a través de:

  • el cumplimiento por parte de los organismos pagadores de los criterios de autorización pormenorizados establecidos a escala de la UE;
  • una declaración de gestión del director del organismo pagador, acompañada de las cuentas completas;
  • la correspondencia entre el gasto y los resultados alcanzados, en el contexto del gasto en el ámbito de los planes estratégicos de la PAC. 

Controles

Para cada régimen de ayuda financiado por el FEAGA y el Feader, los organismos pagadores aplican un riguroso sistema de controles.

Los sistemas de gestión y de control de los regímenes de ayuda comparten algunos rasgos comunes y siguen normas específicas adaptadas a las características de cada régimen. Por lo general, prevén controles sistemáticos dirigidos, entre otros, a aquellos sectores donde el riesgo de errores es más alto. Los países de la UE deben garantizar el nivel de control necesario para una gestión eficaz de los riesgos para los intereses financieros de la Unión. La autoridad pertinente debe extraer la muestra para el control a partir de toda la población de solicitantes, incluyendo, en su caso, una parte aleatoria y una parte basada en el riesgo.

Para la mayoría de los pagos y los controles, los organismos pagadores utilizan el sistema integrado de gestión y control (SIGC), un conjunto de bases de datos interconectadas que pueden aplicarse a varios regímenes de ayuda. En lo que respecta a los gastos sujetos al SIGC, los organismos pagadores deben llevar a cabo controles administrativos y sobre el terreno.

Para los gastos que están fuera de los planes estratégicos de la PAC [por ejemplo, los gastos en virtud del Reglamento (UE) 2022/2117] y los gastos del Feader 2014-2022, los organismos pagadores deben llevar a cabo:

  • controles administrativos exhaustivos del 100 % de las solicitudes de ayuda;
  • controles sobre el terreno de una muestra de las transacciones, comprendida entre el 1 % y el 100 %, en función del riesgo asociado con el régimen en cuestión;
  • controles cruzados con otras bases de datos, cuando se considere oportuno.

Organismos de certificación

Los organismos de certificación son auditores independientes, nombrados a escala nacional de acuerdo con las especificaciones de la UE. Su función consiste en verificar y certificar las actividades de los organismos pagadores.

Cada año, los organismos de certificación emiten un dictamen, redactado de conformidad con las normas de auditoría aceptadas internacionalmente, en el que precisa si:

  • las cuentas de los organismos pagadores presentan una imagen verdadera y fidedigna;
  • los sistemas de gobernanza establecidos por los Estados miembros funcionan correctamente;
  • son correctas la comunicación del rendimiento relativo a los indicadores de realización a efectos de la liquidación anual del rendimiento, a que se refiere el artículo 54 del Reglamento (UE) 2021/2116, y la comunicación del rendimiento relativo a los indicadores de resultados para el seguimiento plurianual del rendimiento, a que se refiere el artículo 128 del Reglamento (UE) 2021/2115;
  • son legales y regulares los gastos correspondientes a las medidas establecidas en los Reglamentos (UE) n.º 228/2013, (UE) n.º 229/2013 y (UE) n.º 1308/2013 y en el Reglamento (UE) n.º 1144/2014, respecto de los que se solicita el reembolso a la Comisión.

Los organismos de certificación también verifican el cumplimiento, por parte de los organismos pagadores, de los criterios de autorización y de las declaraciones de gestión.

El trabajo de auditoría de los organismos de certificación es un elemento clave de la fiabilidad del gasto de la PAC, ya que constituye la base del posterior trabajo de auditoría de la Comisión.

Auditorías y liquidaciones de cuentas de la Comisión

De acuerdo con el criterio de auditoría única, la Comisión toma como punto de partida el trabajo de los organismos de certificación. Para determinar si es fiable, este también es sometido a auditoría por parte de la Comisión.

En el último nivel de fiabilidad, la Comisión lleva a cabo un procedimiento de liquidación de cuentas que consiste en:

  • una liquidación financiera anual de cuentas, que abarca la exhaustividad, exactitud y veracidad de las cuentas de los organismos pagadores;
  • una liquidación anual del rendimiento, que cubre la correspondencia entre el gasto en el ámbito de los planes estratégicos de la PAC y los resultados alcanzados en un ejercicio financiero determinado;
  • un procedimiento de conformidad plurianual, que incluye auditorías de conformidad para controlar los sistemas de gobernanza de los países de la UE y para evaluar si dichos sistemas protegen eficazmente el presupuesto de la UE.

De acuerdo con el criterio de auditoría única, la Comisión toma como punto de partida el trabajo de los organismos de certificación. La Comisión también somete a auditoría el trabajo de los organismos de certificación.

Si se detectan irregularidades potenciales en el gasto, la Comisión cubre el riesgo de pérdidas financieras para el presupuesto de la UE mediante la aplicación de correcciones financieras. Las correcciones financieras se determinan en función de la gravedad de la deficiencia y teniendo en cuenta la naturaleza de dichas deficiencias y el daño financiero causado a la UE.

Tribunal de Cuentas Europeo

El Tribunal de Cuentas Europeo tiene el cometido de controlar los gastos realizados por la UE y los Estados miembros. Para garantizar que los fondos se utilizan según lo previsto y que los sistemas internos de control de la UE están correctamente diseñados, lleva a cabo auditorías periódicas de los mecanismos de financiación y gasto de la UE, que evalúan también su legalidad y regularidad.

Protección contra el fraude

Con el fin de proteger mejor el presupuesto de la PAC, la Comisión Europea ha puesto en marcha una política específica de lucha contra el fraude, cuyos principales objetivos son:

  • aumentar la sensibilización contra el fraude en los países de la UE y en la propia Comisión
  • reforzar la prevención del fraude
  • reforzar la evaluación del riesgo de fraude
  • desarrollar capacidades de detección del fraude
  • proporcionar orientación a los países de la UE en materia de prevención y detección del fraude
  • reforzar la cooperación con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

La estrategia de lucha contra el fraude forma la base de los principios de buena gestión financiera y buena gobernanza del presupuesto de la PAC por parte de los países de la UE y la Comisión Europea.

OLAF

La OLAF es el organismo de lucha contra el fraude de la UE, encargado de investigar cualquier sospecha de fraude, corrupción o falta grave en las instituciones de la UE o por parte de los beneficiarios de los fondos de la UE. Las denuncias a la OLAF se pueden hacer de forma anónima y en cualquiera de las lenguas oficiales de la UE.

Base jurídica

Reglamento (UE) 2021/2116 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común.

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/128 de la Comisión, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2116 sobre los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, los controles, las garantías y la transparencia.

Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, que completa el Reglamento (UE) 2021/2116 con normas relativas a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro.

Actos