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Agricultura y Desarrollo Rural

Legislación para el sector de la agricultura ecológica

Introducción a los actos jurídicos

Desde el 1 de enero de 2022, el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, es el acto legislativo aplicable, también conocido como acto de base, por el que se establecen las normas sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y se deroga y sustituye el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007. El nuevo Reglamento prevé períodos transitorios para la aplicación de determinadas nuevas disposiciones, en particular en materia de comercio. Véase la sección 2 del capítulo IX del Reglamento (UE) 2018/848, donde las disposiciones del anterior Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo y del Reglamento (CE) n.o 889/2008 de la Comisión pueden aplicarse durante un período limitado.

Además, en 2023 se publicó otro acto legislativo que establece requisitos específicos de etiquetado para los alimentos para animales de compañía producidos de conformidad con las normas establecidas en el Reglamento (UE) 2018/848: 

  • Reglamento (UE) 2023/2419, de 18 de octubre de 2023, sobre el etiquetado de los alimentos ecológicos para animales de compañía (DO L, 2023/2419, 27.10.2023).

La Comisión adopta actos jurídicos secundarios más detallados sobre la base del Reglamento (UE) 2018/848.

Los tipos de actos jurídicos secundarios son los siguientes:

  • actos delegados, también conocidos como Reglamentos Delegados de la Comisión, que son actos de alcance general para completar («Reglamento Delegado de la Comisión por el que se completa») o modificar («Reglamento Delegado de la Comisión por el que se modifica») determinados elementos no esenciales (en el sentido de complementarios) del acto legislativo;
  • actos de ejecución, también conocidos como Reglamentos de Ejecución de la Comisión, que se utilizan cuando se necesitan condiciones uniformes de ejecución.

Los actos delegados que modifican el acto de base se incorporan progresivamente al denominado texto «consolidado» del acto legislativo y pasan a formar parte del mismo. Téngase en cuenta que la versión consolidada del Reglamento (UE) 2018/848 solo está disponible con fines informativos, pero no tiene efectos jurídicos. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea y disponibles en EUR-Lex.

La lista de actos secundarios relativos a la agricultura ecológica abarca tres ámbitos principales: producción y etiquetado, controles y comercio.

Los Reglamentos Delegados que completan el Reglamento (UE) 2018/848 y los Reglamentos de Ejecución también pueden ser objeto de modificaciones. Las modificaciones se incorporan progresivamente a las versiones consolidadas de cada acto. Por lo tanto, es importante consultar la última versión consolidada de cada acto para obtener la lista completa actualizada de las modificaciones que se han producido hasta la fecha.

Los siguientes Reglamentos Delegados complementan el acto de base y los Reglamentos de Ejecución de la Comisión para los principales ámbitos de intervención.

Producción y etiquetado

Los siguientes actos secundarios abarcan la producción ecológica y el etiquetado de los productos ecológicos.

Reglamentos delegados

Reglamento Delegado (UE) 2020/2146, de 24 de septiembre de 2020, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 sobre normas excepcionales de producción en la producción ecológica (DO L 428 de 18.12.2020).

Contenido principal:

  • por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 en lo que respecta a las normas excepcionales de producción sobre el reconocimiento de circunstancias catastróficas, condiciones y tipos de excepciones, que pueden ser concedidas a los operadores por las autoridades competentes en caso de catástrofe, y para su seguimiento y notificación.

Reglamento Delegado (UE) 2021/1189, de 7 de mayo de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 relativo a la producción y comercialización de materiales de reproducción vegetal de materiales heterogéneos ecológicos de géneros o especies particulares (DO L 258 de 20.7.2021).

Contenido principal:

  • por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 en lo que respecta a los requisitos específicos para la producción y comercialización de material heterogéneo ecológico, en particular en lo que respecta a los requisitos de descripción, identidad, calidad sanitaria, pureza analítica y germinación, envasado y etiquetado, información que deben conservar los operadores, mantenimiento y controles oficiales.

Reglamento Delegado (UE) 2022/1450, de 27 de junio de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de piensos proteicos no ecológicos para la producción de ganado ecológico debido a la invasión rusa de Ucrania (DO L 228 de 2.9.2022).

Contenido principal:

  • debido a la invasión rusa de Ucrania el 24 de febrero de 2022, se produjeron graves repercusiones temporales en el suministro de piensos proteicos ecológicos en algunos Estados miembros, lo que amenazó la continuidad de la producción ecológica;
  • el acto permite a los pocos Estados miembros que han reconocido esta situación como una circunstancia catastrófica ceder hasta el 5 % de los piensos proteicos no ecológicos a categorías más antiguas de porcinos y aves de corral durante un período máximo de un año.

Reglamentos de aplicación

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464, de 26 de marzo de 2020, por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 relativo a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que deben facilitar los países de la UE (DO L 98 de 31.3.2020).

Contenido principal:

  • documentos que deben facilitarse en caso de reconocimiento retroactivo de períodos anteriores para la conversión a la producción ecológica;
  • normas de producción aplicables a los animales de la ganadería y la acuicultura, los alimentos transformados y los piensos, con las correspondientes disposiciones transitorias;
  • información que deben transmitir los países de la UE sobre la disponibilidad en el mercado de materiales de reproducción vegetal ecológicos y en conversión, animales ecológicos y juveniles de acuicultura ecológica.

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1165, de 15 de julio de 2021, por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas (DO L 253 de 16.7.2021).

Contenido principal:

  • las condiciones para la autorización de sustancias y productos para su uso en la producción ecológica;
  • procedimiento para conceder una autorización específica para el uso de productos y sustancias en determinadas zonas de terceros países;
  • medidas transitorias para la limpieza y desinfección de la producción ecológica y de los ingredientes agrícolas no ecológicos enumerados en los anexos pertinentes del Reglamento (CE) n.o 889/2008;
  • período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2022 para la validez de las pruebas documentales con arreglo al artículo 68 del Reglamento (CE) n.o 889/2008.

Controles

Los siguientes actos secundarios abarcan los controles en el sector ecológico.

Reglamentos delegados

Reglamento Delegado (UE) 2021/279, de 21 de enero de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848, por el que se establecen criterios y condiciones específicos para los controles de las cuentas documentales en el marco de los controles oficiales de la producción ecológica y los controles oficiales de los grupos de operadores (DO L 165 de 11.5.2021).

Contenido principal:

  • completar el acto de base con normas sobre la trazabilidad y los controles del balance de masas durante los controles oficiales de los operadores y grupos de operadores;
  • requisitos adicionales para los controles oficiales de grupos de operadores.

Reglamento Delegado (UE) 2021/2304, de 18 de octubre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 con normas sobre la expedición de certificados complementarios que certifiquen la no utilización de antibióticos en la producción ecológica de productos de origen animal a efectos de exportación (DO L 461 de 27.12.2021).

Contenido principal:

  • por el que se completa el acto de base con disposiciones y un modelo de certificado complementario para la no utilización de antibióticos en la producción ecológica de productos de origen animal a efectos de exportación.

Reglamento Delegado (UE) 2021/2305 de la Comisión, de 21 de octubre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 con normas sobre los casos y las condiciones en que los productos ecológicos y los productos en conversión están exentos de controles oficiales en los puestos de control fronterizos y el lugar de los controles oficiales de dichos productos y se modifican los Reglamentos Delegados (UE) 2019/2123 y (UE) 2019/2124 de la Comisión (DO L 461 de 27.12.2021).

Contenido principal:

  • por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/625 en lo que respecta a las condiciones en las que determinados productos ecológicos y en conversión que entran en la UE y presentan un riesgo bajo o ningún riesgo específico para la salud humana, animal o vegetal, el bienestar de los animales o el medio ambiente están exentos de los controles oficiales en los puestos de control fronterizos realizados para verificar el cumplimiento de las normas sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y el lugar en el que deben llevarse a cabo los controles oficiales de dichos productos destinados a ser comercializados en la UE;
  • por el que se modifican los Reglamentos Delegados (UE) 2019/2123 y (UE) 2019/2124. La modificación garantiza que los Reglamentos (UE) 2019/2123 y (UE) 2019/2124 se apliquen a los vegetales, productos vegetales y otros objetos incluidos actualmente en su ámbito de aplicación, también cuando dichas mercancías sean productos ecológicos o productos en conversión sujetos a controles oficiales en los puestos de control fronterizos de conformidad con el artículo 45, apartado 5, del Reglamento (UE) 2018/848.

Reglamentos de aplicación

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/279, de 22 de febrero de 2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2018/848 sobre los controles y otras medidas que garantizan la trazabilidad y el cumplimiento en la producción ecológica y el etiquetado de los productos ecológicos (DO L 62 de 23.2.2021).

Contenido principal:

  • establecer las medidas de procedimiento que deben seguir los operadores en caso de sospecha de incumplimiento debido a la presencia de productos o sustancias no autorizados;
  • establecer una metodología de investigación oficial en caso de presencia de productos o sustancias no autorizados;
  • establecer condiciones detalladas para la referencia a la conversión y otras indicaciones en la etiqueta de los productos ecológicos;
  • establecer los requisitos de composición y el tamaño máximo de un grupo de operadores;
  • establecer requisitos para los documentos y registros a efectos del sistema de controles internos y para las notificaciones de los gestores del sistema de controles internos, fijando los porcentajes mínimos de controles y muestreo;
  • establecer requisitos mínimos para el catálogo nacional de medidas en caso de incumplimiento constatado, así como directrices opcionales;
  • establecer el uso obligatorio por parte de las autoridades competentes del Sistema de Información sobre Agricultura Ecológica (OFIS) para el intercambio de información con la Comisión y otros países de la UE;
  • por el que se establece un período transitorio hasta el 1 de enero de 2025 para los grupos de operadores de terceros países en lo que respecta al cumplimiento del tamaño máximo del grupo.

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1935, de 8 de noviembre de 2021, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/723 relativo a la información y los datos sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos que deben presentarse mediante el modelo normalizado (DO L 396 de 10.11.2021, p. 17).

Contenido principal:

  • establecer el uso del Sistema de Información sobre Agricultura Ecológica para la presentación de información y datos sobre producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos en el marco de los informes anuales;
  • proporcionar las plantillas para los datos ecológicos en los informes anuales.

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2119, de 1 de diciembre de 2021, relativo a los registros y declaraciones exigidos a los operadores y grupos de operadores y a los medios técnicos para la expedición de certificados de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378, de 19 de agosto de 2021, relativo a la expedición del certificado para operadores, grupos de operadores y exportadores de terceros países (DO L 430 de 2.12.2021).

Contenido principal:

  • disposiciones detalladas sobre la expedición de certificados con arreglo al artículo 35 en formato electrónico, sobre los requisitos de conservación de registros por parte de los operadores y grupos de operadores, sobre las declaraciones y otras comunicaciones que deben ponerse a disposición de las autoridades u organismos de control.

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1195, de 20 de junio de 2023, por el que se establecen normas relativas a los pormenores y el formato de la información que deben facilitar los Estados miembros sobre los resultados de las investigaciones oficiales relativas a casos de contaminación con productos o sustancias no autorizados para su uso en la producción ecológica (DO L 158 de 21.6.2023).

Contenido principal:

  • Plantilla OFIS que deben utilizar los Estados miembros para notificar los resultados de las investigaciones oficiales realizadas de conformidad con el artículo 29, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2018/848

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1470, de 23 de julio de 2025, relativo a las disposiciones para la publicación de las listas de operadores y grupos de operadores y de la información esencial relativa al certificado facilitado a los operadores y grupos de operadores de conformidad con el artículo 35, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Contenido principal:

  • Definir la información esencial para que las versiones históricas de los certificados de los operadores y grupos de operadores expedidos de conformidad con el artículo 35, apartado 1, estén a disposición del público en TRACES.
  • Establecimiento de disposiciones para la publicación de las listas nacionales de operadores exentos de certificación de conformidad con el artículo 35, apartado 8, en el sitio web de la Comisión.

Comercio

Los siguientes actos secundarios abarcan el comercio en el sector ecológico.

Reglamentos delegados

Reglamento Delegado (UE) 2021/1698 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 con requisitos de procedimiento para el reconocimiento de las autoridades de control y los organismos de control competentes para llevar a cabo controles de los operadores y grupos de operadores certificados ecológicos y de los productos ecológicos en terceros países, y con normas sobre su supervisión y los controles y otras acciones que deben realizar dichas autoridades de control y organismos de control (DO L 336 de 23.9.2021).

Contenido principal:

  • establecer procedimientos y requisitos para el reconocimiento de las autoridades y organismos de control de terceros países;
  • información detallada sobre el expediente técnico que debe presentarse a la Comisión y la solicitud de ampliación del ámbito de reconocimiento;
  • los requisitos generales para la supervisión de las autoridades de control y los organismos de control de la Comisión, los informes anuales, los exámenes y auditorías puntuales, los controles de trazabilidad, las solicitudes ad hoc de la Comisión y la lista de productos de alto riesgo;
  • los requisitos de control aplicables a los operadores y grupos de operadores, los controles de la certificación, los métodos y técnicas de control, el muestreo y la selección de laboratorios, los procedimientos de control documentados y los registros de los controles;
  • requisitos específicos de control para la acuicultura;
  • verificación de las partidas destinadas a la importación en la Unión, acciones que deben llevar a cabo las autoridades de control y los organismos de control en términos de intercambio de información, normas adicionales en caso de incumplimiento;
  • controles que deben llevarse a cabo y presentación de informes para el reconocimiento retroactivo de períodos de conversión anteriores;
  • informar sobre las autorizaciones de uso de materiales de reproducción vegetal no ecológicos;
  • excepciones para el uso de animales no ecológicos y juveniles de acuicultura;
  • notificación de las autorizaciones de uso de ingredientes no ecológicos;
  • reconocimiento de circunstancias catastróficas y condiciones para las excepciones.

Reglamento Delegado (UE) 2021/1342, de 27 de mayo de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 con normas sobre la información que deben enviar los terceros países y las autoridades y organismos de control a efectos de la supervisión de su reconocimiento en virtud del artículo 33, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007, de 28 de junio de 2007, en relación con los productos ecológicos importados, y las medidas que deben adoptarse en el ejercicio de dicha supervisión (DO L 292 de 16.8.2021).

Contenido principal:

  • disposiciones relativas a la supervisión de terceros países bajo reconocimiento de equivalencia hasta el 31 de diciembre de 2026 para la exportación de productos ecológicos a la UE;
  • disposiciones relativas a la supervisión de las autoridades de control y los organismos de control bajo reconocimiento de equivalencia hasta el 31 de diciembre de 2024, incluida la información que debe facilitarse, el examen in situ, las notificaciones y el seguimiento de los casos de irregularidades;
  • disposiciones relativas a las normas para la revisión del reconocimiento de terceros países, autoridades de control y organismos de control.

Reglamento Delegado (UE) 2021/2306, de 21 de octubre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2018/848 con normas sobre los controles oficiales de las partidas de productos ecológicos y productos en conversión destinados a la importación en la UE y sobre el certificado de inspección (DO L 461 de 27.12.2021).

Contenido principal:

  • completar el acto de base en lo que respecta al certificado de inspección y a los controles oficiales efectuados por los países de la UE antes del despacho a libre práctica en la UE de los productos ecológicos originarios de terceros países;
  • las disposiciones relativas a la información que debe facilitar una autoridad competente, una autoridad de control o un organismo de control de un tercer país sobre los casos de incumplimiento de las partidas destinadas a la importación en la UE.

Reglamentos de aplicación

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378, de 19 de agosto de 2021, por el que se establecen determinadas normas relativas al certificado expedido a los operadores, grupos de operadores y exportadores de terceros países que participan en las importaciones en la Unión de productos ecológicos y en conversión y por el que se establece la lista de autoridades y organismos de control reconocidos de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 (DO L 297 de 20.8.2021).

Téngase en cuenta que este acto fue modificado por el citado Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2119 de la Comisión.

Contenido principal:

  • por el que se establecen las disposiciones y el modelo del certificado expedido a los operadores, grupos de operadores y exportadores de terceros países y la lista de autoridades y organismos de control reconocidos en terceros países de conformidad con el artículo 46 del acto de base.

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2307, de 21 de octubre de 2021, relativo a los documentos y notificaciones necesarios para los productos ecológicos y en conversión destinados a la importación en la UE (DO L 461 de 27.12.2021).

Contenido principal:

  • disposiciones relativas a las declaraciones y comunicaciones de los importadores, los operadores responsables de las partidas, los primeros destinatarios y los destinatarios de la importación de productos procedentes de terceros países con el fin de comercializar dichos productos en la UE como productos ecológicos o productos en conversión;
  • disposiciones sobre la notificación por parte de las autoridades competentes de la sospecha o constatación de incumplimiento de las partidas.

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325, de 16 de diciembre de 2021, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848, la lista de terceros países y la lista de autoridades y organismos de control reconocidos en virtud del artículo 33, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 a efectos de la importación de productos ecológicos en la UE (DO L 465 de 29.12.2021).

Contenido principal:

  • listas de terceros países reconocidos a efectos de equivalencia e información relativa a su reconocimiento, incluidas las categorías específicas de productos;
  • listas de autoridades de control y organismos de control reconocidos a efectos de equivalencia e información sobre los países y categorías de productos para los que están reconocidos.

Además, consulte la información específica relativa al comercio de productos ecológicos cubiertos por acuerdos específicos con Chile, Suiza y el Reino Unido.

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