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Agriculture and rural development

Nuevo modelo de aplicación

Visión general

El nuevo modelo de aplicación es la piedra angular de la nueva política agrícola común (PAC), que entró en vigor el 1 de enero de 2023. Representa un marcado cambio de orientación hacia el rendimiento y los resultados, y un reequilibrio de las responsabilidades entre los países de la UE y la Comisión, sin dejar de mantener el sólido sistema de fiabilidad del gasto de la PAC. El nuevo modelo de aplicación tiene en cuenta las necesidades de los países de la UE y les ofrece un amplio margen de maniobra para configurar la política agrícola. Si bien reconoce las particularidades de cada país de la UE, garantiza también los aspectos su homogeneidad.

Planes estratégicos de la PAC

El nuevo modelo de aplicación se basa en los planes estratégicos de la PAC de los países de la UE y se inspira en el buen funcionamiento de sus sistemas de gobernanza. El objetivo de los planes estratégicos de la PAC es que los países de la UE las intervenciones elaboren y dirijan sus intervenciones para responder a sus necesidades específicas, y al mismo tiempo cumplan los objetivos a escala de la UE.

Rendimiento

Con el nuevo modelo de aplicación, la PAC ha pasado de un modelo basado en el cumplimiento a un modelo basado en el rendimiento, con un enfoque más racionalizado que establece objetivos para la política agrícola en su conjunto y aspira a lograr los resultados teniendo en cuenta las necesidades específicas de cada país.

Por lo tanto, se ha establecido un conjunto de normas menos detalladas a escala de la UE que permite a los países de la Unión esforzarse por conseguir objetivos comunes a través de sus propios planes estratégicos de la PAC que se adapten mejor a sus contextos nacionales y regionales.

La legislación sobre la PAC tiene ahora unos indicadores comunes para un marco de rendimiento, seguimiento y evaluación. Los indicadores serán objeto de seguimiento a través de los informes anuales de rendimiento para evaluar los avances de los países de la UE hacia la consecución de sus metas y de los objetivos de la PAC.

En un ejercicio anual de liquidación del rendimiento, la Comisión comprobará si el gasto de los países de la UE se corresponde con los resultados obtenidos. Por otra parte, se hará un seguimiento de las realizaciones de los hitos y los objetivos alcanzados por los países de la UE con una perspectiva plurianual.

El foco de atención en el rendimiento de las políticas se reflejará también en el nuevo criterio en materia de fiabilidad. Como la legislación de la UE dejará de definir las normas de cumplimiento detalladas a escala del beneficiario, la nueva fuente de fiabilidad para la ejecución de la PAC será el rendimiento a escala nacional.

La admisibilidad del gasto en el ámbito de los planes estratégicos de la PAC estará supeditada al buen funcionamiento de los sistemas de gobernanza de los países, como el cumplimiento de los requisitos básicos de la UE y la correspondencia entre el gasto y los resultados.

La Comisión dispone de instrumentos para proteger el presupuesto de la Unión en caso de que el gasto de los países de la UE no tenga el resultado correspondiente o en caso de que los sistemas de gobernanza de los países no funcionen correctamente.

Cuando los países de la UE no obtengan buenos resultados en cuanto al rendimiento previsto, la Comisión colaborará estrechamente con ellos a través de planes de acción para mejorar el rendimiento y garantizar que la PAC cumpla los objetivos de la Unión. También existe la posibilidad de suspender el reembolso a cargo del presupuesto de la Unión al país de la UE si no se aplica el plan de acción o si es claramente insuficiente para poner remedio a la situación. 

Novedades

Con el nuevo modelo de aplicación, los países de la UE pueden personalizar el apoyo a la agricultura en función de sus necesidades y de las de sus agricultores para cumplir los objetivos de la PAC. Permite asimismo reducir la carga administrativa y su complejidad.

El nuevo modelo de aplicación promueve la simplificación al permitir a los países de la UE crear sus propios sistemas de control y sanción.

El marco anterior de la PAC se basaba en una serie de requisitos detallados a escala de la UE que incluía controles estrictos, sanciones y auditorías. Las antiguas normas eran muy preceptivas, incluso a escala de la explotación agrícola. No obstante, en el entorno climático y agrícola de la UE, que está muy diversificado, ni los enfoques descendentes ni los de solución única resultan ya adecuados para conseguir los resultados deseados y el valor añadido de la UE.

En el nuevo modelo de aplicación, la legislación de la UE establece los parámetros políticos básicos (objetivos de la PAC, tipos generales de intervención y requisitos básicos), al tiempo que los países de la UE asumen mayores responsabilidades y disfrutarán de más flexibilidad en cuanto a la manera de cumplir los objetivos y lograr las metas acordadas.

Para generar valor añadido y conservar un mercado interior agrícola en funcionamiento, los países de la UE están trabajando en el marco de un proceso estructurado que se ha materializado en los planes estratégicos de la PAC, que cubrirá las intervenciones para pagos directos, para los sectores y para el desarrollo rural, y asegurará la coherencia de las políticas. El modelo de aplicación seguirá garantizando, pues, unas condiciones equitativas, preservando la naturaleza común y los dos pilares de la política. La aprobación de los planes estratégicos de la PAC por parte de la Comisión estará orientada a aumentar al máximo la contribución de la PAC a las prioridades y a los objetivos de la UE y al cumplimiento de los objetivos en materia de clima y energía de los países de la UE. Es este un aspecto importante para garantizar el mantenimiento de un enfoque común para la consecución de los objetivos medioambientales y climáticos en todos los Estados miembros.

Base jurídica

La base jurídica de la política agrícola común se recoge en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

La PAC 2023-2027 está regulada por tres reglamentos, que se aplican desde el 1 de enero de 2023:

  • Reglamento (UE) 2021/2116 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la PAC y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013.
  • Reglamento (UE) 2021/2115 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos nacionales de la PAC y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
  • Reglamento (UE) 2021/2117 que modifica los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, (UE) n.º 1151/2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, (UE) n.º 251/2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y (UE) n.º 228/2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión.

Actos

  • Conferencias y cumbres
  • martes, 10 de diciembre de 2024, 09.00 - jueves, 12 de diciembre de 2024, 16.15 (CET)
  • Streaming en vivo disponible