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Agriculture and rural development

Prácticas comerciales desleales en la cadena agroalimentaria

La Unión Europea refuerza la posición de los agricultores en la cadena de suministro alimentario y combate las prácticas comerciales desleales.

¿Qué son las prácticas comerciales desleales?

En las relaciones entre empresas, son prácticas comerciales desleales aquellas que se desvían de una buena conducta comercial y son contrarias a los principios de buena fe y comercio justo. Debido a los notables desequilibrios entre pequeños y grandes operadores, la cadena de suministro alimentario es vulnerable a las prácticas comerciales desleales. Los agricultores y los pequeños operadores de la cadena de suministro alimentario suelen carecer de capacidad de negociación suficiente para defenderse frente a tales prácticas.

Por consiguiente, la Unión Europea decidió mejorar la protección a los agricultores, así como a los pequeños y medianos proveedores, y establecer normas obligatorias que prohíban determinadas prácticas comerciales desleales.

La Directiva (UE) 2019/633, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario, fue adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 17 de abril de 2019. Los países de la UE debían transponer la Directiva a su ordenamiento jurídico el 1 de mayo de 2021, a más tardar, y aplicarla seis meses después.

Estas medidas forman parte de un programa de gobernanza más amplio, cuyo objetivo es lograr una cadena de suministro alimentario más eficiente y justa, y también incluye la colaboración de los productores y medidas para mejorar la transparencia del mercado. La Estrategia «De la Granja a la Mesa» también fue concebida para contribuir a mejorar la posición de los agricultores en la cadena de suministro alimentario.

Combatir las prácticas comerciales desleales

UTP

Para mejorar la posición de los agricultores y de las pequeñas y medianas empresas en la cadena de suministro alimentario, la UE adoptó legislación que prohíbe dieciséis prácticas comerciales desleales. La Directiva distingue entre una lista «negra» y una lista «gris» de prácticas. Mientras que las prácticas comerciales desleales de la lista negra están prohibidas en todas las circunstancias, las prácticas de la lista gris están permitidas si el proveedor y el comprador las acordaron previamente de forma clara e inequívoca.

Diez prácticas comerciales desleales de la lista negra

  • Plazo superior a 30 días para el pago de productos perecederos agrícolas y alimentarios
  • Plazo superior a 60 días para el pago de otros productos agroalimentarios
  • Cancelaciones de productos agroalimentarios perecederos con escasa antelación
  • Modificaciones unilaterales del contrato por parte del comprador
  • Pagos no relacionados con una operación específica
  • Riesgo de pérdida y deterioro transferido al proveedor
  • Negativa del comprador a facilitar una confirmación por escrito de un acuerdo de suministro, a pesar de la solicitud del proveedor
  • Uso indebido de secretos comerciales por parte del comprador
  • Represalias comerciales por parte del comprador
  • Transferencia al proveedor de los costes de análisis de las reclamaciones de clientes

Seis prácticas comerciales desleales de la lista gris

Estas prácticas solo se permiten si se han acordado previamente de forma clara e inequívoca.

  • Devolución de productos no vendidos
  • Cobro al proveedor de pagos por el almacenamiento, la exposición y la inclusión en una lista de precios de los productos
  • Pago de la promoción por parte del proveedor
  • Pago de la comercialización por parte del proveedor
  • Pago de la publicidad por parte del proveedor
  • Pago, por parte del proveedor, al personal del comprador por el acondicionamiento de los locales

La Directiva prevé una armonización mínima de las prácticas comerciales desleales en todos los países de la UE para garantizar la igualdad de condiciones de competencia en relación con estas prácticas, consideradas las más problemáticas.

Principales disposiciones de la Directiva

Protección de los proveedores más débiles frente a compradores más fuertes

La Directiva prevé la protección de los proveedores más vulnerables —los proveedores de productos agrícolas y alimentarios con un volumen de negocios de 350 millones de euros, con niveles de protección diferenciados por debajo de dicho umbral— frente a los compradores más poderosos. Las disposiciones cubren a los agricultores, las organizaciones de productores y los distribuidores que se sitúen por debajo del umbral. También se aplica a los proveedores y compradores establecidos fuera de la UE, siempre que una de las partes esté situada en la Unión.

Transposición nacional

Al transponer la Directiva a su ordenamiento jurídico, los países de la UE pueden optar por dotarse de normas más estrictas que las de la Directiva y ampliar su ámbito de aplicación. No obstante, no pueden ofrecer una protección inferior a la prevista en la Directiva.

En octubre de 2021, la Comisión publicó un informe intermedio sobre el estado de la transposición y la aplicación de la Directiva. En diciembre de 2022, todos los países de la UE habían transpuesto esta Directiva a su ordenamiento jurídico. En abril de 2024, se publicó un informe actualizado y un documento de trabajo de los servicios de la Comisión, con información sobre las elecciones de los 27 Estados miembros en lo que respecta a la transposición.

Autoridades responsables del control del cumplimiento

Cada país de la UE ha designado una autoridad competente para hacer cumplir estas normas. Estas autoridades deben estar facultadas tanto para iniciar investigaciones como para multar a los operadores que incumplan las normas.

Reclamaciones

La Directiva contiene medidas, como la protección de los denunciantes, para ayudar a los proveedores más débiles a ejercer sus derechos. Pueden elegir ante qué autoridad responsable del control del cumplimiento desean presentar una reclamación: la autoridad de su país o la autoridad del país de la UE donde esté establecido el comprador.

Evaluación de la Directiva

Con el fin de evaluar la eficacia de las medidas adoptadas por los Estados miembros, a finales de 2025 estará disponible una evaluación de la Directiva 2019/633 a escala de la UE. Para contribuir a esta evaluación, el Centro Común de Investigación (JRC) y la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural realizan encuestas anuales en todos los países de la UE.

Los resultados de las encuestas de años anteriores pueden consultarse aquí: Resultados de las encuestas sobre las prácticas comerciales desleales.

Documentos

  • 13 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Compliance assessment: explanatory documents, transposition and conformity checks
  • 30 DE ABRIL DE 2021
Brochure: Directive on unfair trading practices in the agriculture and food supply chain
  • 30 DE ABRIL DE 2021
Factsheet: Directive on unfair trading practices in the agriculture and food supply chain